
Aumento en la tributación del Impuesto sobre Sucesiones en Catalunya
Con fecha 30 de abril de 2020 se publicó la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2020 y la Ley de medidas fiscales de acompañamiento de la misma, con efectos a partir del 1 de mayo de 2020.
En la citada Ley se introducen modificaciones que incrementan la tributación por sucesiones y donaciones a favor de descendientes que consideramos puede ser de su interés.
A continuación detallamos los principales cambios de la nueva Ley de Sucesiones:
- BONIFICACIONES
Se reducen las bonificaciones sobre la cuota aplicable al grupo de parentesco II (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes), quedando sin modificación las del grupo de parentesco I.
Se mantiene la bonificación del 99 por 100 de parentesco en transmisiones mortis causa entre cónyuges.
- INCOMPATIBILIDAD EN LA BONIFICACION EN LA CUOTA Y REDUCCION EMPRESA FAMILIAR
Se elimina la posibilidad de aplicar bonificaciones en la cuota simultáneamente con la reducción del 95% del valor de participaciones a efectos de tributación en empresa familiar, algo que hasta el momento se podría compatibilizar.
- REINTRODUCCIÓN DE COEFICIENTES MULTIPLICADORES POR PATRIMONIO PREEXISTENTE
Para la determinación de la cuota líquida a pagar tanto para sucesiones como para donaciones, se coeficientes multiplicadores de patrimonio preexistente del heredero, según grado de parentesco con el causante.
La escala de coeficientes correctores por patrimonio preexistente afecta a contribuyentes de los Grupos I y II (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes), quienes podrán ver incrementada la cuota final a pagar hasta un 20% si su patrimonio preexistente excede los 4 millones de euros.
En resumen, la nueva regulación supone un incremento importante en la tributación por el Impuesto sobre Sucesiones, es por ello que es todavía más interesante fiscalmente planificar la sucesión familiar en manos de profesionales expertos en la materia.