
Recupera el IVA rápidamente
Te proponemos entrar en el REDEME para poder recuperar el IVA mensualmente.
El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME) permite a las empresas recuperar el IVA mensualmente y así obtener liquidez a corto plazo.
REDEME es un régimen especial en el que el IVA se devuelve mensualmente, en lugar de anualmente, y en el que se evita el coste financiero del diferimiento en el cobro de las devoluciones del IVA, algo especialmente importante en aquellos períodos en que las empresas realizan fuertes inversiones, o bien al comienzo de una actividad empresarial o profesional o en empresas exportadoras.
Aspectos más relevantes de REDEME:
- Adhesión voluntaria.
- Reduce el periodo de devoluciones del IVA: la devolución se realizará mensualmente, mes a mes, en el año en curso y la solicitud de devolución se llevará a cabo al final de cada período de liquidación.
- Deberán adherirse al Suministro Inmediato de Información (SII), que consiste en la llevanza de los libros registro a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el caso de las comunidades Forales a sus respectivas Haciendas Forales.
- Exonerados de presentar el modelo 340, 347 y 390, ya que están obligados a aplicar el SII.
- Deberán liquidar el IVA mensualmente.
En las empresas exportadoras, el IVA soportado es habitual que sea sensiblemente mayor que el repercutido, de manera que tener acceso a la devolución mensual de IVA es algo vital. De hecho, las empresas inscritas en el registro de exportadores y otros operadores económicos no necesitan hacer esta solicitud, ya que su inclusión es automática, debido a la propia naturaleza de sus operaciones.
Además, no hay que olvidar todas las ventajas añadidas que aporta el Suministro Inmediato de Información (SII) a todos los inscritos en este régimen, con la reducción de las obligaciones formales o la disminución en de los plazos de comprobación y devolución, entre otros beneficios.
Requisitos:
- No estar registrado en el régimen simplificado de IVA.
- Estar al día de todas las obligaciones fiscales.
- No haber estado excluido del REDEME en los tres últimos años.
- En el caso del régimen especial del grupo de entidades, todas las entidades deben haber acordado formar parte de él y reunir todos los requisitos.